lunes, 20 de febrero de 2017

Las regulaciones de los actos de tiro en las fiestas


El permiso de armas no será necesario para adquirir pólvora pero sí para realizar el acto de tiro en los alardos y guerrillas del Día de Banderas y de las Fiestas de Moros y Cristianos

Todos los tiradores de las ruedas de capitanes deberán de disponer de la licencia de armas y en el caso de los cañones al menos el que cargue y el que encienda la mecha
El nuevo Reglamento de Explosivos, que afecta a los actos de tiro de las Fiestas de Moros y Cristianos, no va a ser publicado en el Boletín Oficial del Estado hasta finales de este año o principios de 2018, 
Asimismo, se puntualiza  que en el caso de las ruedas de capitanes, todos los tiradores que formen parte de la misma tendrán que disponer del permiso de armas y en el de los cañones al menos los festeros que se encarguen de cargarlo y de encender la mecha. 
También, se matiza que toda esa información la  ha trasmitió verbalmente el Subdelegado del Gobierno en Alicante al presidente de la Unión de Festejos en una reunión que mantuvieron hace unos días, por lo que la entidad festera está a la espera que se oficialice por escrito en breve. 

Por otra parte de momento la Unión de Festejos ha tramitado alrededor de 170 licencias de armas a las que hay que sumar unas 60 más de los tiradores que tienen el arcabuz en propiedad desde antes de enero de 2017.

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